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Novatadas con la lista de suscriptores

Las 5 mayores novatadas que NO debes cometer con tu lista de suscriptores

El mayor reto para cualquier blog es conseguir incrementar la lista de suscriptores.

Pero esto ya lo sabes.

Lo que no sabes es que hay dos maneras de hacerlo:

  • La legal
  • La no legal

Quizás te parezca un exceso de simplismo, pero lo cierto es que esta clasificación marcará la diferencia entre tener suscriptores captados legalmente y los que te pueden complicar la vida si no les gusta tu cara.

Por eso, este es el momento de explicarte cómo puedes realizar una captación segura y evitar los típicos errores de novatos que con el tiempo pueden generarte grandes dolores de cabeza.

Novatadas con tu lista de suscriptores que no puedes permitirte

Puede que ya hayas cometido alguna o varias de las novatadas que siguen a continuación, pero estás a tiempo de revertirla si haces algunos cambios en tu blog y en tu forma de relacionarte con tu lista.

Hay un hecho rotundo e irreductible: muchos prestadores de la sociedad de la información (cualquiera con un blog o una web) siguen ajenos a la relevancia que tiene la confianza en los entornos digitales y siguen descuidando aspectos claves para conseguirla.

Quizás tú seas uno de ellos, de los que crees que solo necesitas ser buen profesional para merecer la confianza, pero eso ya no es así, debes dejar evidencias muy nítidas de que mereces esa confianza y empezar a trabajar en multiplicar la credibilidad de tu web.

#1 Novatada: No conocer los derechos de tus suscriptores

Los usuarios tienen derechos como tales, pero lo cierto, es que pocos bloggers se molestan en conocerlos.

Estos derechos surgen de una normativa de obligado cumplimiento que te afecta directamente: el RGPD. Es una legislación que afecta a todos los países de la Unión Europea y que se encarga de proteger los derechos de los usuarios y darle la espalda no solo te convierte en infractor, sino que también te pone en evidencia. (Por eso, si no lo has hecho ya, vete corriendo a adaptar tu web al RGPD).

Uno de los derechos más relevantes es el derecho a la información.

Eso significa que el derecho tiene derecho a saber quien eres y que piensas hacer con la información que te ha sumistrado, algo lógico, aunque no abundan los blogs que respetan ese derecho e informan adecuadamente a sus suscriptores.

Algo incomprensible desde el punto estratégico.

Pero no basta solo con informar, también es necesario obtener un consentimiento explícito para poder tratar datos personales de suscriptores, ya sea solo para almacenarnos, como para enviar boletines, promociones, información comercial, etc.

Lo correcto es informar previamente y posteriormente requerir la conformidad del usuario, y no vale el modo tácito ¿Lo estás haciendo en tu blog?

Para rematar la novatada: no atender a derechos fundamentales que tienen los usuarios respecto a su propia información a Acceder, rectificar, cancelar u oponerse en cualquier momento a la información que te ha suministrado, algo elemental y ratificado en el tan popular derecho al olvido. Se llama autodeterminación sobre la propia información personal y deberías poder garantizarla.

#2 Novatada: No realizar ninguna acción para fortalecer la seguridad de tu blog o web

En plena era de la ingeniería social, donde empresas robustas sufren ataques constantemente, pensar que a tu servidor nunca le pasará nada es como pensar que pasará el ratoncito Pérez por tu alcoba.

Esto lo sabe muy bien Javier, mejor que te lo explique él, yo solo puedo decirte es un acto de imperdonable ingenuidad no reforzar la seguridad interna de tu web o blog.

Deberías ser el más interesado, porque se trata de preservar el principal activo de tu negocio, que son los datos de usuarios, suscriptores y clientes de tu web.

Tener un blog seguro significa que tu web garantiza en todo momento la calidad, integridad y confidencialidad de la información personal que recoges a través de los diferentes sistemas de captura tu blog o web. 

#3 Novatada: tener una web que no cumpla con los requisitos mínimos de la LSSI-CE (Ley de seguridad de la información y el comercio electrónico

Tener una blog y no dejar evidencias claras de que te preocupa la privacidad y la seguridad de tus usuarios es una novatada temeraria.

Te declaras abiertamente un infractor frente a usuarios y suscriptores ¿Qué clase de publicidad es esa para tu web?

Deja de subestimar a tus suscriptores pensando que nos e darán cuenta o no les importará. No cometas ese error.

Entre los elementos imprescindibles que debes incluir están:

  1. Declaración de fichero “Usuarios Web” ante la Agencia Española de Protección de datos. Aquí tengo que comentarte que el registro es público, así que basta que hayas mosqueado a alguien para que consulte en la página de la AGPD si has declarado los ficheros para tocarte las narices. Comprueba tú mismo lo fácil que es aquí.
  2. Inserción de un Aviso legal, una política de Privacidad y de Protección de datos (Artículo 19. Régimen jurídico) y Política de cookies.
  3. Inserción de cláusula que informe de los datos del titular de la página web (artículo 10. Información general)
  4. Cumplimiento de los requerimientos legales para el envío de comunicaciones comerciales a través de correo electrónico (artículo 20, Información exigida sobre las comunicaciones comerciales, ofertas promocionales y concursos y RRSS)
  5. Redacción de cláusulas legales de Protección de datos.
  6. En caso de facilitar la compra /venta online, lo que implica contratación por vía electrónica, la Ley establece obligaciones previas y posteriores a la celebración del contrato (Título IV. Contratación por vía electrónica). Esto implica determinadas obligaciones de información y revisión de condicionado general de Contratación.

#4 Novatada: Comprar o vender leads

Una práctica desgraciadamente frecuente en el mundo blogger, el mercadeo de leads.

Amigo, amiga, los leads son datos personales, no te pertenecen y por tanto, no puedes hacer negocios con ellos o utilizarlos para intercambiar cromos.

Debes contar con el pleno consentimiento del usuario, al que previamente, has de haber informado a quien y para que vas a ceder sus datos.

Es un acto pleno de cesión de datos y a menos que lo hagas de modo correcto, no solo te expones a ser denunciado, también , a merecer todo el descrédito de sus usuarios.

#5 Novatada: Captar suscriptores de redes sociales sin advertirlo

No puedes meter en tu lista a la gente porque te da la gana.

Ser seguidor de una red social no significa la autorización para que puedas enviarle información comercial y menos para meterlos en tu lista.

He visto como en algunos blogs enseñan a exportar contactos en redes sociales para meterlos en listas de suscripción. No cometas esa torpeza.

La tasa de rebote será escalofriante y tu reputación se desplomará a los subsuelos.

Cuida y respeta a tus suscriptores, no los subestimes, conoce sus derechos, deja evidencias de que importan.

Y ahora ya puedes confesarte

¿Cuál ha sido tu última novatada?

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    Conoce a Marina Brocca

    Marina Brocca es especialista en Marketing Legal, Protección de Datos de carácter personal, Seguridad de la Información y Derecho de internet. Si quieres saber más sobre lo que puede hacer por ti, visita www.MarinaBrocca.com

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